Blog de Imanol Landa

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Reglamento Orgánico municipal. Primera sentencia ganada (I)

¿Qué es el reglamento orgánico municipal? es la normativa municipal que regula el funcionamiento interno del Ayuntamiento. Constituye por tanto un documento extraordinariamente importante en tanto fija las reglas del juego y las normas por las que ha de guiarse el funcionamiento del Ayuntamiento. Podríamos decir que es la "Constitución" del Ayuntamiento.

El Partido Popular y el Partido Socialista, aprobaron, sin tramitación administrativa previa, mediante pleno extraordinario convocado por ellos y celebrado el 8 de noviembre de 07, una propuesta de nuevo reglamento orgánico municipal sin que previamente se intentara por ambos grupos negociación alguna con este Equipo de Gobierno.

Es más, en rueda de prensa realizada ante los medios la portavoz popular (Sra. Arrue) junto con el portavoz socialista (Sr. Almansa), en respuesta a la propuesta de esta Alcaldía de negociar el texto, manifestaron expresamente que este nuevo texto era innegociable y que, en todo caso, únicamente admitirían añadidos, nunca modificaciones.

Aprobado el texto en pleno extraordinario, el PP y el PSE interpusieron una primera demanda ante el Juzgado contra la decisión del Alcalde de no ejecutar el acuerdo adoptado sustentada en sendos informes de los servicios jurídicos del Ayuntamiento y de dos prestigiosos catedráticos en Dª administrativo de la UPV-EHU. Estos informes jurídicos argumentaban que, en tanto se llevó la propuesta al pleno sin pasar por Comisión Informativa alguna y sin los necesarios informes técnico-jurídicos, nos encontrábamos ante una mera manifestación de voluntad del pleno sin efectos jurídicos. Para entendernos ante una simple moción.

El PP y el PSE, demandan al Alcalde al entender que su actuación supone una vulneración de los derechos que como concejales ostentan (concretamente el derecho a la participación política), porque entienden el Alcalde esta obstruyendo su labor al realizar esta interpretación de las consecuencias jurídicas del acuerdo plenario. Es por tanto una demanda por vulneración de derechos fundamentales.

En la demanda solicitan que el acuerdo adoptado sea ejecutivo y que por tanto se apruebe el Reglamento orgánico propuesto por el PP y el PSE.

Estudiada la demanda, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Bilbao resuelve, en primer lugar y mediante Auto de fecha 7 de mayo de 2008, expulsar del pleito al PP por haberla presentado fuera de plazo.

No obstante el PSE-EE, continúa con el pleito en el convencimiento de que sus pretensiones iban a ser estimadas.

Finalmente el Juzgado ha dictado sentencia de fecha 17 de octubre de 2008, notificada el 22 de octubre. En esta sentencia se rechazan todas y cada una de las pretensiones de los recurrente y se niega tajantemente que se haya vulnerado derecho alguno de los concejales, declarando por tanto su inadmisibilidad.

No obstante esta no es una sentencia firme, es recurrible ante el órgano superior.

Descarga del fichero de audio en formato MP3.

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Acerca del Reglamento:

Según informe realizado por los servicios jurídicos municipales, de los 234 artículos de los que esta compuesta esta nueva propuesta de reglamento, 54, esto es, el 23,08% de los mismos no se ajustan a la legalidad vigente o presentan irregularidades importantes.

Igualmente de las 9 Disposiciones Adicionales contempladas en el mismo, 4 adolecen de estos mismos defectos de legalidad y una ni siquiera existe, todo ello según lo señalado por el informe de referencia.

Especial mención merece, por su carecer antidemocrático, la Disposición Adicional Quinta que establece un reparto definitivo y permanente de los miembros integrantes de las Comisiones Informativas, en tanto Getxo ostente 25 concejales: establece esta Disposición que de los 11 integrantes de las Comisiones 4 sean del PNV, 4 del PP, 2 del PSE y 1 de EB. Todo ello con independencia de los resultados electorales o de que, en virtud de los mismos, obtengan representación otros partidos.

Es decir plantean congelar para siempre la representación actual de los grupos políticos municipales para congelar también su actual mayoría,, lo cual además de una aberración jurídica da buena cuenta del talante democrático de los redactores del reglamento.

El reglamento propuesto contempla un reseñable aumento en relación a las retribuciones de los concejales y al número de liberados, rompiendo de esta forma el consenso alcanzado a comienzos de legislatura por todos los partidos políticos

Pero si por algo se caracteriza este nuevo reglamento propuesto por el PP y del PSE es:

-por un lado, por el vaciamiento claro que en el mismo se pretende establecer de las competencias del Alcalde para transferirlas al pleno del Ayuntamiento, donde ambos actúan de forma coordinada y conjunta.

-por otro, por establecer en el mismo el carácter obligatorio de la ejecución de mociones, de mociones de urgencia concretamente, como fórmula clara de imposición al gobierno desde el pleno, algo absolutamente contrario a la legalidad vigente.


Estamos hablando en definitiva de lo que fue el primer gran intento de establecer un gobierno de la oposición, desde el pleno del Ayuntamiento.

Por eso yo dije en su momento que la foto de Almansa y Arrúe frente al Palacio de Justicia en los Jardines de Albia presentando la demanda del Reglamento, era la foto de la impotencia, de aquellos que pudiendo acceder a la Alcaldía no lo hicieron en su momento, y ahora pretenden una y otra vez gobernar desde la oposición.

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Reflexiones al hilo de la Sentencia


Las pregunta que se me suscitan en estos momentos y con la sentencia en la mano son las siguientes:

-¿Cuántas resoluciones judiciales como esta necesita el PSE-EE de Getxo para avenirse al camino de la política real, constructiva, del trabajo en positivo, del acuerdo a favor de políticas que mejoren las condiciones de vida de nuestros vecinos?.

-¿Cuándo va a dejar de actuar el PSE-EE supeditado absolútamente a la estrategia del PP?

- El PSE-EE debe explicar a los vecinos de Getxo porque,por no romper su pacto de hierro con el PP;

*Tumba con el PP en el pleno la financiación de las obras del Parque Gobelaurre, cuando previamente había exigido su ejecución en rueda de prensa.

*Tumba con el PP en el pleno la financiación de las obras de remodelación de la c/Luís López Oses de Romo, cuando previamente todos habíamos aprobado en un moción esta obra.

*Tumba con el PP en el pleno, el desarrollo de actuaciones urbanísticas en las que esta prevista la construcción de VPO, tan necesaria en nuestro pueblo.

*Tumba con el PP en el pleno una propuesta para introducir bonificaciones en el IBI para aquellas personas que pongan su vivienda en alquiler.

*Apoya propuestas como las del PP destinadas a rebajar en más de 3 millones de € los ingresos municipales vía impuestos, cuando ya sabemos que tenemos que devolver otros 2,5 millones de € a la Diputación por el descenso en la recaudación, cuando la presión fiscal ha descendido en Getxo un 9,1% en dos años debido a la congelación acordada por este Equipo de Gobierno y cuando, sin ir más lejos, los dirigentes socialistas están defendiendo la necesidad de mantener los ingresos de las administraciones para abordar con los recursos necesarios las políticas de apoyo a los más desfavorecidos, políticas de fomento del empleo, o la misma inversión pública que esta sosteniendo el mercado de la construcción y los puestos de trabajo derivados del mismo.

-¿Cómo puede el PSE-EE, más en concreto su portavoz Sr. Almansa, explicar a los vecinos de Getxo que, sin haber pasado 24 horas desde que el domingo pasado el Presidente del Gobierno Socialista, Sr. Zapatero, trasladase la decisión de posibilitar, en aquellos municipios en los que están en la oposición, la aprobación de los presupuestos, dada la difícil situación económica en la que nos encontramos, ya señalase que en Getxo no, que en Getxo la situación no había variado ni un ápice?

-¿Cómo puede el Sr. Almansa, portavoz socialista explicar a los vecinos de Getxo que en esta situación económica extraordinaria en la que estamos inmersos, Getxo es una excepción, que la decisión general adoptada por su Secretario General y Presidente del Gobierno español no es de aplicación en Getxo?

Estas son algunas de las cuestiones que tiene que explicar el PSE-EE a la ciudadanía, porque desde aquí por lo menos resultan incomprensibles.

Frente a esta realidad, nosotros seguiremos a lo nuestro, trabajando en positivo, aportando y buscando el acuerdo entre diferentes, un acuerdo que favorezca los intereses del municipio, porque eso es hacer política.

Por eso y porque queremos hacer política en clave de acuerdo y de consenso voy a convocar a los grupos de la oposición, la primera semana de noviembre para empezar a trabajar en un nuevo Reglamento sin imposiciones, que cumpla con los procedimientos legalmente establecidos y que sea consensuado entre todos.

Si queremos que este nuevo reglamento se conforme con vocación de permanencia en el tiempo y no quede al albur de las mayoría de cada legislatura, tiene que ser satisfactorio para todos.

Y por supuesto tiene que cumplir con la legalidad vigente.

Insisto, hagamos política, dejemos el frentismo y el partidismo a un lado y abordemos la realidad de nuestro municipio en un momento tan delicado como este en el que, más que nunca, es necesaria la unión de esfuerzos y trabajo conjunto, porque la situación requiere de la colaboración de todos/as.

Descarga del fichero de audio en formato MP3 con la apelación a abordar la realidad de nuestro municipio en un momento tan delicado como este.


Descarga del fichero de audio en formato MP3 con las preguntas al PSE-EE de Getxo.

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El PP fuera de plazo

El Juzgado de Bilbao acuerda no admitir, por presentarlo fuera de plazo, el recurso promovido por el PP contra la no ejecución del acuerdo plenario de aprobación de la propuesta de Reglamento Orgánico Municipal.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao que conoce del procedimiento iniciado por el PP y el PSE-EE contra la no ejecución del acuerdo plenario de 8 de noviembre del pasado año, en el que se abordó la propuesta de Reglamento Orgánico Municipal presentada por ambos grupos municipales, ha acordado mediante Auto de fecha 7 de mayo de 2008, estimar la causa de inadmisibilidad de extemporaneidad del recurso alegada por la representación del Ayuntamiento de Getxo, al haber interpuesto el Partido Popular dicho recurso fuera del plazo legal establecido.

Conforme se señala en el Auto de referencia su resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno, con lo cual el Partido Popular queda definitivamente expulsado de dicho procedimiento.

No obstante en el mismo Auto el Juzgado de referencia rechaza las causas de inadmisibilidad aducidas por el Ayuntamiento de Getxo respecto del Grupo Municipal Socialista, que queda de esta forma como único impulsor del procedimiento judicial en la tramitación que a partir de ahora se sustanciará hasta el dictado de la correspondiente sentencia firme.

Como comprendereis, podrían ser muchos y variados los comentarios que podría formular sobre la noticia. Mi voluntad sin embargo es la de reiterar de nuevo nuestro ofrecimiento, tanto al Partido Popular como al Partido Socialista en orden a abordar, en clave de acuerdo y de consenso entre todas las formaciones, la modificación del Reglamento Orgánico municipal, comenzando para ello desde cero, sin propuestas impuestas por nadie y con el único objetivo de que el documento final, además de ajustarse a la legalidad, sea satisfactorio para todos a fin de garantizar su permanencia en el tiempo, con independencia de quien ostente el gobierno municipal.

Esta es nuestra intención, no solo en este tema, sino en todos aquellos de carácter estratégico que afecten a la vida municipal en general. Es lo que, entiendo, nos exige la ciudadanía.


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